La necesidad de
generar un documento que logre que exista un ambiente sano, adecuado en donde
todos: padres, docentes, administrativos, estudiantes y directivos podamos
convivir en un ambiente educativo, ha sido un tema relevante establecido por el
gobierno nacional dentro de la política del estado, más aun, cuando se
establece que Colombia es un estado social de derecho.
Es por ello, que al
hablar de educación hay que hablar de personas quienes dentro de un contexto
conviven para alcanzar el pleno desarrollo de seres humanos por cuanto se tiene
la dicha de contar con niños, niñas, jóvenes y adolescentes de cinco a
dieciocho años.
En este sentido queda
claro según la ST 492 DE 1992, que la educación “ es un derecho deber, en cuanto
no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta
exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del
derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como
sucede con el no disciplinado que desatiende sus responsabilidades académicas o
infringe el régimen disciplinario que se comprometió a observar, queda sujeto a
las consecuencias propias de tales conductas”. En esta medida no está violando
los derechos fundamentales del educando sino por el contrario, entregando a éste
la calidad de educación que la constitución desea.
El gobierno en su
legislación y mediante la inclusión de lo determinado por la corte suprema de
justicia en cada una de sus sentencias, establece la necesidad de crear el
Manual de convivencia, el cual debe ante todo generar alternativas e incentivar y fortalecer la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los estudiantes, que permitan aprender del error, respetar la
diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica, así como de posibles
situaciones y conductas que atenten contra el ejercicio de sus derechos así
como también
permitir la buena marcha de la actividad
docente y, con ello, la satisfacción del derecho a la educación. El derecho al
libre desarrollo de la personalidad sin desconocer los derechos de los demás y
pasar por encima del ordenamiento jurídico.
Se busca permitir en
forma consciente y responsable que cada individuo defina sus propias opciones
de vida y su plan como ser humano y que se le respeten por los demás, pero sin
olvidar sus obligaciones frente a la sociedad y sin abusar de sus propios
derechos.
Es importante anotar
que vinculo a mi hijo a la institución educativa de manera voluntaria que nadie
me ha forzarlo para ingresar al plantel y por tanto, debo como padre y/o
acudiente o representante legal y como estudiante acatarlas una vez han entrado
en vigor; en esta medida sabemos que tenemos obligaciones que debemos cumplir,
de tal manera que NO se puede invocar excusar a las infracciones en que incurramos.
De esta manera la
educación implica un derecho deber que afecta a todos los que participamos en
esa orbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no solo son derechos
con relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para
consigo misma, pues la persona no solo debe respetar el ser personal del otro,
sino que también ella debe respetar su propio ser; en este sentido ha de
prevalecer el interés general y si es el caso respetando el debido proceso, entender
la necesidad de separar a mi hijo del establecimiento educativo.
De esta manera como
padre, madres y/o representante legal debo entender que la educación es un concurso
activo en la labor formativa, que la falta de rendimiento en la labor
intelectual puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona
sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logro por su
propia causa.
La responsabilidad
parental, es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación
civil el cual tiene como obligación inherente la orientación, cuidado,
acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su
proceso de formación sin tener que conllevar a violencia física, psicológica o
actos que impidan el ejercicio de sus derechos.
Teniendo en cuenta lo
anterior se establece el compromiso siguiente entre los padres, representantes
legales y/o acudientes y la institución educativa de aceptar en su totalidad el
presente Manual de convivencia de la institución que voluntariamente decidimos
para nuestro hijo(a) (s)
Firma
padre de familia Firma
del estudiante
Representante
legal y/o acudiente responsable grado
MANUAL
DE CONVIVENCIA
2015-2017
PRESENTACIÓN
La
Constitución Política de Colombia de 1991 establece como principio fundamental
la democracia participativa, por ello la Ley General de Educación (Ley 115/94)
abre espacios para democratizar las Instituciones educativas; a través del artículo
87, en donde considera necesario la existencia de un Manual de Convivencia el
cual se convierte en una “propuesta cultural de la organización, de la vida
escolar en el conocimiento, las relaciones, la formación efectiva, la ética, la
administración y demás circunstancias educativas” , de esta manera, se debe
diseñar, ajustar y dar a conocer las acciones que harán parte de un espacio
óptimo de aprendizaje y de convivencia.
Así
mismo, ante las múltiples circunstancias que se suscitan la honorable corte
suprema de justicia en la búsqueda del
respeto por los derechos y deberes de todos los que hacen parte de la educación
ha dado a conocer en forma permanente diversas sentencias aclarando dudas y
situaciones que deben ser parte permanente de estudio para no vulnerar en
ningún momento a los Niños, niñas y adolescentes pero de igual manera a padres,
docentes, directivos, administrativos personal que están dentro del sistema y
que juegan un papel primordial en la misma.
La
señalado la Corte, la potestad reguladora de la institución educativa está
basada en determinados parámetros, a saber “a) que tal potestad hace parte del
desarrollo normativo del derecho a la participación (Constitución Política de
Colombia) CP. Art. 40); b) que el Manual de Convivencia obliga a todos los
miembros de la comunidad educativa; c) que para cada categoría de sus integrantes
se regulan allí funciones, derechos y deberes; d) que se obligan
voluntariamente el alumno, los padres y acudientes, así como el establecimiento
en los términos de ese manual en el acto de la matrícula; e) que ese es un
contrato por adhesión y el juez de tutela puede ordenar que se inaplique y
modifique, cuando al cumplir normas contenidas en él se violen los derechos
fundamentales de al menos una persona; y f) que el derecho a la participación,
consagrado en la Carta Política de manera especial para el adolescente (art.
45), debe ser celosamente aplicado cuando se trata de crear o modificar el
Manual de Convivencia del establecimiento en el que el joven se educa.”
La
convivencia, es un elemento fundamental en la formación democrática y en la
creación de actitudes para el debate, la negociación, la mediación y la concertación;
para ello, se deben generar acciones claras y puntuales que se conviertan en
parte de la vida intraescolar y extraescolar de toda la comunidad educativa
buscando con ello el respeto por la diferencia pero a la vez la búsqueda del
entendimiento de no afectar a los demás por nuestra connotación de ser seres
sociales, diversos y complejos pero maravillosos..
La
Institución Educativa MANUEL ELKIN PATARROYO (IEMEP), pretende a través de su
propio manual de convivencia un espacio que facilite los procesos de socialización,
desarrollo de la libertad, la autonomía y la democracia como procesos
permanentes y progresivos en la formación humana y que a la vez, sean la base
para el desarrollo del conocimiento, la
creatividad, la formación de competencias fundamentadas en el ser, en el
hacer y en el saber hacer; aspectos todos que serán la base para la preparación
académica, ética y axiológica y para la visión política de la educación en la
búsqueda de la integración, participación y centralización de todos los
procesos emanados de su misión, visión,
política educativa, valores y principios institucionales buscando siempre la prevalencia del ser como
eje dinámico de transformación social por una educación de calidad.
El
Manual de Convivencia de la institución, contempla todos los aspectos legales,
organizativos, normativos y funcionales, mostrando el quehacer de los distintos
estamentos y se considera que podrá ser
revaluado total o parcialmente en cualquiera: [2]
}
Cuando sea violatorio a la Constitución Nacional.
}
Cuando el cambio de las circunstancias
socioculturales del entorno de la institución lo ameriten.
} Cada año, si fuese necesario, de acuerdo a la Ley General de Educación para buscar permanentemente su contextaulalizacion para dar respuesta a las diferentes situaciones propias del entorno y de las nuevas políticas colombianas.
} Cada año, si fuese necesario, de acuerdo a la Ley General de Educación para buscar permanentemente su contextaulalizacion para dar respuesta a las diferentes situaciones propias del entorno y de las nuevas políticas colombianas.
Es .necesario
resaltar que las normas del manual de convivencia, busca mantener la disciplina
y el orden en la institución educativa; para ello, se definen los derechos y
obligaciones de los estudiantes, padres de familia, docentes, administrativos y
directivos de esta manera, los padres o tutores y los educandos al firmar la
matrícula correspondiente, están aceptándolo.
Por
otra parte, la aplicación del manual de convivencia de la institución
educativa, plantea claramente las prohibiciones de manera expresa; pone de
presente que el derecho al libre desarrollo de la personalidad no tiene
carácter absoluto y, antes bien, puede verse válidamente limitado en la
institución ante la necesidad de garantizar la disciplina y la sana
convivencia.
Sin
embargo, la esencia del mismo se dan a través de los espacios de participación,
en donde los miembros de la comunidad educativa puedan expresar su opinión, pueden
aportar con sus ideas siempre y cuando se respeten la Ley de Infancia y
Adolescencia, la ley 1620 del 2013, Decretos reglamentarios y por supuesto el asegurar
el Debido proceso [3]y las
directrices impartidas por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) y la
Secretaría de Educación Municipal en materia de acceso y permanencia.”.
CONTEXTUALIZACION
I.
IDENTIFICACIÓN DE LA INSTITUCIÓN
Nombre: Institución
Educativa Manuel Elkin Patarroyo
Sedes: Sede
Central
Sede Diamante primaria (Jornada mañana y
tarde)
Sede Manuela Beltrán primaria (Jornada
mañana)
Nombre del PEI: “Hacia la Excelencia ”
Dirección sede Diamante: Km. 3 Vía Tocaima. Barrió Diamante
Teléfonos:
8357954 - 8357956
Dirección sede Diamante Calle
9 No. 2 – 47 Barrio Diez de Mayo
Teléfono:
8353315
Dirección sede Manuela Beltrán: Calle 21B No.1D Barrio Alto de las
Rosas.
Teléfono: 8351312
Niveles de Educación: Preescolar,
Básica primaria.
Básica
Secundaria y Media académica
Título que expide: Bachiller
académico con énfasis en Ciencias Naturales
Carácter Mixto
Naturaleza Oficial
NIT: 800.027.580-1
Código ICFES: 113134
Código DANE: 125307001737
II. HORIZONTE INSTITUCIONAL
2.1.FILOSÓFICO
DE LA INSTITUCIÓN
2.1.1.
Misión
Contribuir con el desarrollo integral y pertinente de
los estudiantes a través del impulso a la investigación, el manejo responsable
de las Tics mediante la implementación de modelos pedagógicos flexibles, la educación inclusiva y la articulación con
la educación superior para ofrecer a la sociedad personas comprometidas con el
progreso personal, ambiental y social.
2.1.2.
Visión
Para el año 2015 la institución educativa Manuel Elkin
Patarroyo será reconocida por su
excelencia académica, la consolidación de
valores, la aplicación de procesos de
investigación, el uso adecuado de las tics y la
igualdad de oportunidades; contribuyendo a la formación de ciudadanos competentes que respondan acertadamente a las necesidades personales , ambientales y sociales mediante
la oportunidad de asegurar su continuidad académica en la educación superior.
2.1.3. Objetivos del Manual
} Concretar la orientación,
filosofía y aspiraciones de la política de Convivencia contenida en el PEI.
} Establecer y privilegiar formas
pacíficas de tratamiento de conflictos, incluidas en un sistema de justicia
escolar con aplicación del principio de equidad, justicia y pertinencia
} Garantizar el ejercicio de los
derechos fundamentales en la IE.
} Establecer una normativa que
de manera clara y precisa oriente la forma de organizar la Convivencia en la
IE.
} Fomentar el desarrollo de la
autonomía entre los integrantes de la IE que conlleve a respetar cada una de
las instancias como garantía y protección de los derechos humanos
2.1.4.
Postulados de la Convivencia en la Institución Educativa
} Entender que convivir implica
escuchar, diversidad, solución, asesoría y apoyo en beneficio para todos y por
todos.
} Trabajo en equipo, elemento
fundamental para entender que entre todos se construye y se produce más.
} Entender que parte de la vida
humana es la existencia de los conflictos como posibilidad de entender que
somos diferentes pero a la vez, reconocer la necesidad de ser resueltos a
través de mecanismos de mediación que conduzcan a la solución efectiva cuando
se presenten o a la prevención de los mismos.
} Buscar transformación a
partir del uso preferente de las formas negociadas para darles salida intercambiando
argumentos con los otros(as), sabiéndolos iguales en dignidad, pero diferentes
en aspiraciones y formas de ver el mundo.
} Aprender a tomar decisiones y
hacerse responsable de sus implicaciones.
} Contribuir al mejoramiento de
la IEMEP participando en las decisiones que generen bienestar para todos y
todas.
} Reconocer los roles de los
diferentes estamentos de la comunidad educativa y permitir el intercambio de
ideas para fortalecer la Convivencia escolar y enriquecer la propuesta
educativa.
} Entender el afecto y la
autoridad como formas complementarias de cohesión en los procesos de formación
entre los distintos actores de la comunidad educativas.
} Construir sentido de
pertenencia que se manifieste en acciones que permitan liderar proyectos y
acciones que contribuyan a la formación de valores humanos.
} Reconocer, en el proceso
disciplinario, la posibilidad de revaluar posturas y comportamientos
individuales y colectivos orientados a comprender el daño a la Convivencia pacífica,
el agravio a los otros(as) y la necesidad de reparación.
2.1.5.
Valores
} Responsabilidad
} Respeto
} Honestidad
} Solidaridad
} Liderazgo
2.1.6.
Creencias
} La
educación, es fuente del
conocimiento y de la estructuración del ser humano, oportunidad que
tienen las personas para crecer y aportar a la humanidad una mejor calidad de
vida.
} La
institución educativa, lugar por excelencia formadora de seres humanos.
} Valores, elementos
direccionados desde la familia y la institución educativa indiscutiblemente que
se deben ejercitar en la convivencia.
} Ser
humano, persona capaz de transformar el mundo a través del
desarrollo de sus habilidades y destrezas generando nuevos caminos con
posibilidades de trascender para desarrollarse y ayudar a los demás.
} Conocimiento,
habilidad del ser humano para retener información precisa pero a la vez con
posibilidad de aplicarla, desarrollarla, crearla e innovarla para desarrollar
competencias que haga de la vida una oportunidad.
} La escuela, espacio diverso
en donde cada ser humano aprende, se
transforma a través de las oportunidades que se les brinda para tener un desarrollo integral que le permita ser
un buen ciudadano.
} Ciencia, espacio de reflexión, de análisis,
de búsqueda de respuesta a través de preguntas sencillas pero inquietantes que
van a transformarse en posibilidad de mejoramiento personal, familiar, social.
} Enseñanza
es la oportunidad que tienen las personas de dar de lo que sabe para desarrollar
competencias y desempeñarse eficazmente en los diversos espacios que la vida
cotidiana le ofrece
} Estudiante-docente, diada
maravillosa, oportunidad de las personas para aprender juntos, desarrollar
acciones y procurar aprender del pasado, para mejorar el presente y abrir
caminos para el futuro
2.2. MARCO JURIDICO LEGAL
El Manual de convivencia [4]
atendiendo las indicaciones de la constitución Política de Colombia se basa en
el siguiente marco jurídico:
}
Constitución Política de Colombia, en especial en sus
artículos 41,42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 79, 80, 82, 85, 86
} La ley 30
de 1986 (tabaquismo y alcoholismo),
} Ley 12 de 1991 Por la cual el Congreso de la República aprobó la
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea de las
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
} La ley 18
de 1991, en especial, los artículos 23, 25 y aquellos lineamientos emanados por
parte de La honorable corte constitucional en sala de conocimiento de revisión
de tutela,
} Ley 115 de 1994 Por la cual se expide la ley general de educación.
} Ley 1224 de 1994 Por la cual se prohíbe el expendio de bebidas
embriagantes a menores de edad y se dictan otras disposiciones.
} Ley 181 de 1995 Por la cual se dictan disposiciones para el fomento
del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación
física y se crea el sistema nacional del deporte. (Nota: Modificada en lo
pertinente por la Ley 344 de 1996 artículo 44)
} Ley 248 de 1995 Por medio de la cual se aprueba la Convención
interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer", suscrita en la ciudad de Belem Do Para, Brasil, el 9 de junio de
1994.
} Ley 324 del 1996 Por la cual se crean algunas normas a favor de la
población sorda".
} Ley 375 del 1997 Por la cual se crea la ley de la juventud y se dictan
otras disposiciones
} Ley 715 de 2001 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357
(Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras
disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y
salud, entre otros.
} Ley 679 de 2001 Por medio de la cual se expide un estatuto para
prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con
menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.
} Ley 724 de 2001 Por la cual se institucionaliza el Día de la Niñez y
la Recreación y se dictan otras disposiciones.
} Ley 765 de 2002 Por medio de la cual se aprueba el "Protocolo
Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de
niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la
pornografía", adoptado en Nueva York, el veinticinco (25) de mayo de dos
mil (2000).
} Ley 800 de 2003 Por medio de la cual se aprueban la “Convención de las
Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” y el
“Protocolo para Prevenir, Reprimir y sancionar la Trata de Personas,
especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, adoptados por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el quince (15) de noviembre de dos mil
(2000).
} Ley 1098 de 2006 Por la cual se expide el Código de la Infancia y la
Adolescencia.
} Ley 1029 de 2006 Por la cual se modifica el artículo 14 de la ley 115
de 1994.
} Ley 1620 del 2013 la cual establece en el artículo 21 el
manual de convivencia y Decreto reglamentario 1965[5]
} Decreto 1860 de 1994 Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de
1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales Decreto 1108 del 31
de mayo de 1994
} Decreto 366 de 2009 Por medio del cual se reglamenta la organización del
servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con
discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la
educación.
} Decreto 1290 de 2009 Por el cual se reglamenta la evaluación del
aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y
media.
} Decreto 1965 el 1 septiembre del 2013, "Por el cual se reglamenta la Ley
1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación
para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar
}
Sentencias de la Corte Constitucional colombiana.
SC-481/98, SC612/92, SC-555/94, SC527/95, ST-967/07, SC-397/97, SC235/97,
ST-02/92, ST-316/94, ST-519/92, ST-402/92 y ST-437/2005 [6]
todas aquellas que se irán realizando y que compete tener en cuenta la
institución educativa.
La
promoción y el derecho a la Educación:
} No se vulnera el derecho a la
Educación por pérdida del año (ST 098 3/03/94).
} No se vulnera el derecho a la
Educación por sanciones al mal rendimiento (ST 596 7/12/94).
} No se vulnera el derecho a la
Educación por normas de rendimiento y disciplina (ST 316 12/06/94).
} No se vulnera el derecho a la
Educación por la exigencia al buen rendimiento (ST 439 12/10/94).
} No se vulnera el derecho a la
Educación por expulsión debido al mal rendimiento o faltas de disciplina (ST
439/2/10/94).
2.3.DESTINATARIOS
El presente Manual de Convivencia rige para todos los
estamentos de la comunidad educativa (directivos, docentes, administrativos,
estudiantes, padres y madres de familia, acudientes y/o representantes
legales).
Parágrafo 1. Algunas normas especiales establecidas en otras
reglamentaciones, tales como el estatuto docente o el código disciplinario
único, complementan e integran las normas escolares en materia de Convivencia.
Parágrafo 2. Lo relacionado a sanciones en lo que toca al proceso
disciplinario solo se aplicará a los y las estudiantes, teniendo en cuenta que
las situaciones en las que se vea involucrado un actor distinto, estarían
contempladas en otras normativas propias al trabajador.
2.4.POLITICA
DE CALIDAD
Garantizar que nuestra Institución desarrolle una gestión
efectiva en todos los procesos corporativos fundamentados en la idoneidad del
talento humano, el respeto por la diferencia, el fomento de la investigación y
la mejora continua en los resultados, para lograr la satisfacción y la formación
de personas integrales.
2.4.1. OBJETIVOS
DE CALIDAD
} Optimizar los procesos, las prácticas
directivas, pedagógicas e sociales y comunitarias.
} Alcanzar la calidad de los programas
académicos propendiendo por una formación soportada en la consolidación de
valores y la igualdad de oportunidades.
} Utilizar el diálogo como fundamento
para la resolución de conflictos y la sana convivencia.
} Apoyar la formación y
actualización de los docentes y
administrativos
} Incentivar el uso permanente de nuevas
prácticas pedagógicas, el uso de tecnologías de información y comunicación.
} Fomentar la construcción de ambientes educativos
que inviten a la investigación, a la toma acertada de decisiones y al
aprendizaje continuo.
2.4.2. FACTORES
CLAVES DE ÉXITO
}
Desarrollo integral y
pertinente de los estudiantes
}
Impulso a la investigación
}
Manejo responsable de las Tics
}
Modelos pedagógicos flexibles
} Articulación
con la educación superior
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